BENEFICIOS PARA EL EMPLEADOR AL CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL EMPLEADOR?

El ordenamiento jurídico Colombiano, enmarcado dentro del orden constitucional del Estado Social de Derecho, promueve beneficios empresariales para aquellos empleadores que deciden apoyar la vinculación al mundo laboral de personas con discapacidades.  

El requisito inicial para este tipo de contratación es que la persona a contratar tenga como mínimo un 25% de discapacidad debidamente certificada y, el segundo requisito, es que la nómina de la compañía debe estar conformada por al menos el 10% de colaboradores con dicha certificación de discapacidad.

Los beneficios son:

  1. Deducción en el impuesto de renta del 200% del valor pagado por  salarios y prestaciones sociales pagados durante el año.
  2.    Reducción al 50% de la cuota de aprendices.
  3. Prelación en el otorgamiento de créditos y subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y permanente de personas con limitación.
  4. Las entidades estatales de todo orden, preferirán en igualdad de condiciones, los productos, bienes y servicios que les sean ofrecidos por entidades sin ánimo de lucro constituidas por las personas con limitación. 
  5.   Puntaje adicional a los proponentes en licitaciones con el estado.

Finalmente, vale la pena señalar que el artículo 26 de la Ley 361 de 1997 dispone:  “…ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina del trabajo”,  lo que significa que estos trabajadores  gozan de estabilidad laboral reforzada, máxime cuando el empleador conoce desde antes su condición de salud.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Decreto 392 de 2018
  2. Ley 361 de 1997
  3. Ley 789 de 2002