El 01 de Noviembre de 2022, el Ministerio de Hacienda radicó ante el Congreso de la República la última ponencia de la reforma tributaria para que sea estudiada con mensaje de urgencia, después de varias modificaciones al primer texto radicado el pasado 8 de agosto de 2022.
El actual texto para la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, contiene 90 artículos y pretende recaudar cerca de 20 billones de pesos, de esta ponencia se destaca lo siguiente:
- Pensiones: Eliminación de la propuesta para reducir el monto de la renta exenta por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales y las indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional, entonces se mantiene la legislación vigente. Esto es, ya no se gravarán las pensiones por un monto superior a diez millones de pesos m/cte ($10.000.000)
- Actividades petroleras y de minería: Se modificaría la sobretasa aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas que desarrollen actividades de la industria extractiva, para establecer que únicamente estarán gravadas las actividades de extracción de petróleo crudo y carbón. Se gravarían las actividades que presentan la mayor parte de la producción nacional de combustibles fósiles.
- Zonas Francas: Se establece un esquema ponderado de tarifas en el impuesto sobre la renta para los usuarios industriales de zonas francas, en función de las rentas percibidas, sea que se trate de ingresos provenientes de la exportación de bienes y servicios (20%) o diferentes de estos (35%).
- Consecuencias penales para los evasores. La primera vez que se evada una obligación, se pagará normalmente. La segunda reincidencia incurrirá en multa y para la tercera pagará cárcel.
- Donaciones en la investigación: Se eliminaría el artículo que contempla modificaciones a la deducción por donaciones e inversiones que se realicen en investigación, desarrollo tecnológico e innovación, el cual se propone derogar.
- Impuesto a las iglesias: Eliminó como objeto de tributación, a las iglesias que ejerzan actividades de rito, culto o religiosos. Sin embargo, las actividades comerciales de las iglesias sí están vinculadas a pagar un tributo del 20 por ciento.
- Régimen Simple de Tributación: Se incluyen las profesiones liberales dentro del Régimen Simple de Tributación.
- Impuesto al Patrimonio: El impuesto al patrimonio se causaría a partir de los 72.000 UVT, es decir, $2.736 millones con la UVT actual ($38.004). Desde este punto de partida y hasta los $4.636 millones (122.000 UVT) pagarán una tarifa de 0,5%. La segunda tarifa es para los patrimonios entre $4.636 millones y hasta $9.082 millones, que tendrán una carga fiscal de 1%. Y en el último debate se incluyó un tercer nivel para los patrimonios de más de $9.082 millones que tendrán una tarifa marginal de 1,50%.
- Dividendos: Una de las características de la reforma era que todos los ingresos se trataran por igual. Esto quería decir que los dividendos entrarían a la tabla de tarifas marginales de renta que van de 0% a 39%, según los ingresos. Pero en esta nueva ponencia, los dividendos ya no harán parte de esta tabla, sino que tendrán un descuento de 19%, con una tasa máxima de 20% para mantener la progresividad.
- Ganancias Ocasionales: Al igual que los dividendos, se proponía en el texto anterior que las ganancias ocasionales también se trataran como ingresos ordinarios. En el actual texto radicado, esto se modificó, en el sentido de mantener su cédula independiente y, en cambio, tenga una tarifa única de 15% para el caso de herencias, donaciones y enajenaciones de activos (que pagan una tarifa actual de 10%) y de 35% para las rifas y loterías (paga 20% en la actualidad).
- Impuesto Saludable: La propuesta de gravar a los alimentos y bebidas ultraprocesadas se mantiene, pero hay modificaciones en algunos productos que quedarían gravados con una tarifa gradual del 10 % en 2023, 15 % en 2024 y 20 % en 2025.