Regulación del trabajo en casa

Ley 2088 de 12 de mayo de 2021, por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones.
Regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.


Se entiende por trabajo en casa como la habilitación para desempeñar transitoriamente las funciones o actividades laborales sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral existente, ni tampoco desmejorando las condiciones del mismo, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador o servidor público pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, sin limitar a que dicho trabajo solo puede ser realizado por medio de estas, si no extendiéndose a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera presencia física del trabajador o servidor público en las instalaciones de la empresa o entidad.


El trabajo en casa se regirá por los principios generales de las relaciones laborales señalados en la Constitución Política y en la Ley, estableciendo las labores entre empleador y empleado trabajando de una forma armónica y complementaria para así alcanzar con los objetivos empresariales, al igual que el derecho que tiene todo trabajador a disfrutar del tiempo de descanso, permisos, vacaciones , feriados, licencias, por lo cual el empleador se debe abstener de formular requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.
En cuanto a la jornada laboral se mantendrá vigente las normas previstas en el código sustantivo del trabajo., con respecto a la duración o término de la situación de trabajo en casa puede extenderse hasta por un término de tres (3) meses prorrogables a otros tres (3) meses por una única vez, en caso excepcional donde las circunstancias que generaron la necesidad del trabajo en casa persistan esta condición se extenderá hasta que desaparezca dichas condiciones.


El auxilio de transporte pasa a título de auxilio de conectividad en empleados que devenguen hasta dos (2) SMLMV y que se les reconozca dicho auxilio, este no será acumulable para el pago, al igual que el subsidio de transporte.