VIGENCIA DE LAS NUEVAS DIRECTRICES PARA LOS AGENTES RETENEDORES Y AUTORETENEDORES EN LA CIUDAD DE ARMENIA

Por medio del Acuerdo 229 de Diciembre de 2021, el Concejo Municipal de Armenia aprobó el nuevo Estatuto Tributario del municipio, por medio del cual modificó, cambió y reguló diferentes aspectos en materia tributaria territorial.

Una modificación relevante del nuevo Estatuto Tributario corresponde a los responsables de la retención y autorretención del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), especificando la norma en mención, en el artículo 74, que solo hasta el 1 de Mayo de 2022 entrarían en vigencia las nuevas disposiciones de los agentes sujetos de esta responsabilidad.

Ahora bien, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 74 del Acuerdo 229 de Diciembre de 2021 que dispone: ARTÍCULO 74. AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. A partir del 1 de mayo de 2022, son agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Armenia: 3. Quienes sean nombrados mediante acto administrativo por la Secretaría de Hacienda.” la Alcaldía de Armenia, emitió la Resolución 52 del 29 de Marzo de 2022 por medio de la cual designó los agentes retenedores y autorretenedores del impuesto de industria y comercio, en la cual dispuso en el artículo sexto que dicha norma tendría vigencia a partir del 1 de Abril de 2022.

En consecuencia, surge el interrogante ¿La responsabilidad de los contribuyentes designados como agentes de retención y autorretención del impuesto de industria y comercio del municipio de Armenia inicia desde el 1 de Abril de 2022 conforme a la Resolución 52 de 2022 o a partir del 1 de Mayo de 2022 conforme a lo dispuesto en el Acuerdo 229 de 2022?

Para responder esta inquietud, es necesario traer a colación la jerarquía de las normas de acuerdo con la Pirámide de Kelsen:

La Pirámide de Kelsen nos permite representar e ilustrar la jerarquía de las normas, distinguiendo cual predomina sobre las demás. En este orden de ideas, si una norma de menor jerarquía dispone algún precepto contrario a una norma de mayor jerarquía, dicha disposición no tendrá ninguna validez.

Ahora bien, en el caso concreto un Acuerdo emitido por el Concejo Municipal se consolida como una norma de jerarquía superior frente a las Resoluciones emitidas por los Secretarios de Despacho, por lo que esta última deberá sujetarse en todo a la norma marco sobre la que se basa para generar el acto administrativo.

Así pues, la Resolución 052 de marzo de 2022 debe respetar en todo el Acuerdo Municipal 229 de Diciembre de 2021, por lo que la fecha de inicio de la responsabilidad de ser agente retenedor y/o autorretenedor del Impuesto de Industria y Comercio no podrá exigirse a los contribuyentes sino a partir del 1 de mayo de 2022 como lo establece dicho acuerdo.

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