CALENDARIO TRIBUTARIO NACIONAL AÑO 2023

Mediante el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022,  el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el decreto de plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y formales para el año 2023 para los contribuyentes y responsables de los impuestos del orden nacional, el cual modifica la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO

Para los grandes contribuyentes, deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo del impuesto sobre la renta en 3 cuotas, esto con el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Para las personas jurídicas y demás contribuyentes, deberán presentar y pagar la declaración de renta y complementario y el anticipo del mismo impuesto en 2 cuotas iguales.

Para declaración y pago de la primera cuota, los contribuyentes lo harán según los 2 últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación y para el pago de la segunda (2) cuota atendiendo el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

 

Para el pago de la segunda cuota

DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIO DE LAS PERSONAS NATURALES Y LAS SUCESIONES ILÍQUIDAS.

Atendiendo los dos (2) últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario -RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación,

ÚLTIMOS DOS DÍGITOS RUT

FECHA LÍMITE

01 al 10

09 de agosto – 15 de agosto de 2023

11 al 99 incluye el 00

16 de agosto – 19 de octubre de 2023

DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

Numeral 5 del artículo 574 y el artículo 607 del Estatuto Tributario, correspondiente al año 2023,  atendiendo el tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

ÚLTIMOS DÍGITOS RUT

FECHA LÍMITE

Grandes contribuyentes

1 – 9 Incluye el 0

10 de abril – 21 de abril de 2023

Personas Jurídicas

01 – 99 incluye el 00

10 de abril – 08 de mayo de 2023

Personas naturales

01 – 99 incluye el 00

09 de agosto – 19 de octubre de 2023

DECLARACIÓN INFORMATIVA Y DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

La declaración informativa de precios de transferencia se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, atendiendo al último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT

ÚLTIMO DÍGITO RUT

FECHA LÍMITE

Declaración Informativa

1 – 9 Incluye el 0

07 de septiembre – 20 de septiembre de 2023

Documentación comprobatoria

1 – 9 Incluye el 0

07 de septiembre – 20 de septiembre de 2023

PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS -IVA

Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos, a treinta y uno (31) de diciembre del año gravable 2022, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas -IVA y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

De acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT del responsable

BIMESTRE

ÚLTIMO DÍGITO RUT

FECHA LÍMITE

Ene – Feb

0 – 9

07 de marzo – 21 de marzo de 2023

Mar – Abr

0 – 9

09 de mayo – 23 de mayo de 2023

May – Jun

0 – 9

07 de julio – 21 de julio de 2023

Jul – Ago

0 – 9

07 de sept – 20 de sept de 2023

Sep – Oct

0 – 9

08 de nov – 22 de nov de 2023

Nov – Dic

0 – 9

10 de ene de 2024 – 23 ene de 2024

Declaración y pago cuatrimestral del impuesto sobre las ventas -IVA. Los responsables de este impuesto, personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a treinta y uno (31) de diciembre del año gravable 2022 sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, deberán presentar la declaración y pagar de manera cuatrimestral utilizando el formulario prescrito por la DIAN.

De acuerdo con el último dígito del Número de identificación Tributaria -NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación:

CUATRIMESTRE

ÚLTIMO DÍGITO RUT

FECHA LÍMITE

Ene – Abr

0 – 9

09 de mayo – 23 de mayo de 2023

May – Ago

0 – 9

07 de sep – 20 de sep de 2023

Sep – Dic

0 – 9

10 de enero de 2024 al 23 de enero de 2024

En este decreto se establecen las fechas de otras obligaciones tributarias tales como:

a.      Impuesto nacional al consumo
b.      Plazos para declarar y pagar la retención en la fuente
c.       Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM
d.      Impuesto nacional al carbono
e.      Plazos para presentar y pagar el gravamen a los movimientos financieros -GMF
f.        Plazos para expedir certificados: agentes retenedores del impuesto sobre la renta y complementario y del gravamen a los movimientos financieros -GMF
g.      Plazos para declarar y pagar el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -simple y para presentar la declaración anual consolidada del impuesto sobre las ventas -IVA.

Es importante tener muy presente que el calendario tributario para el año 2023 no tiene los cambios generados por la reforma tributaria. Por tanto, el Ministerio de Hacienda deberá expedir otro decreto que contemple, los plazos del nuevo impuesto al patrimonio, los impuestos saludables y el impuesto a los plásticos de un solo uso, entre otros.